- Art.11.d. del D. 27/1990, de 3 de mayo, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración Regional.
- Art.48.j. del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
DESCRIPCIÓN DEL PERMISO
Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
DURACIÓN
Por el tiempo indispensable para la realización.
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
Que se presente la obligación de realización de un deber público o personal que genere en el empleado público una responsabilidad de índole civil, penal o administrativa. Para que pueda concederse este permiso es imprescindible que estos deberes no puedan cumplirse fuera del horario de trabajo.
CRITERIO DE BUENAS RÁCTICAS PARA EL ÓRGANO GESTOR
PERÍODO EN EL QUE SE PUEDE SOLICITAR Y FORMA
Con la debida antelación (mínimo de 15 días si es conocido con anterioridad).
CÓMO TRAMITAR LA SOLICITUD
Por un día: enviando la solicitud del interesado al correo electrónico del centro.
Por más de un día: el centro adjuntará la solicitud del interesado remitiéndola al correo electrónico, según proceda:
•spd_licencias_primaria@murciaeduca.es
•spd_licencias_secundaria@murciaeduca.es
Acceso a las Solicitud.
ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE LA SOLICITUD
A la dirección del centro o a la Dirección General con competencias en el ámbito de personal docente, según lo señalado en el apartado anterior.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Documento justificativo público previo y certificación de a sistencia posterior al hecho causante.
Si es para un día o menos se tramitará en el centro. En caso de más de un día se hará a través de la solicitud correspondiente.
PLAZO PARA RESOLVER
Antes de que tenga lugar la asistencia al hecho causante (mínimo de cinco días).
La denegación de este permiso ha de estar siempre motivada por tratarse de un acto limitativo de un derecho (art. 35.1 Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.).
La concesión o denegación del permiso se podrá consultar de manera individual por parte del interesado en el apartado privado de la página EDUCARM: Icono “Expediente personal” > Pestaña “ Licencias y permisos”. El documento justificativo de la concesión correspondiente se podrá descargar desde la pestaña “Documentos”, una vez se proceda al cierre del procedimiento .
EFECTOS DEL SILENCIO DMINISTRATIVO
estimatorio.