ELABORACION DE LA LISTA DE INTERINOS PARA EL CURSO 2021/22:
PLAZO entre el 1 de junio y el 15 de junio, ambos inclusive
¿EN QUE CONSISTE?
Es una resolución donde se expone los datos obrantes en poder de la Administración relevantes en el procedimiento para la elaboración de las listas de interinos para el curso 2021-2022 en el Cuerpo de Secundaria y otros cuerpos. Dichos datos figuran en las relaciones siguientes:
1.- Listado alfabético de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, con expresión de los datos relevantes que para este procedimiento constan en la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos relativos a:
IMPORTANTE: En este listado, figuran las puntuaciones que constan de cada aspirante, sin tener en cuenta los máximos establecidos en el artículo 99.2 de la Orden de 12 de febrero de 2019, máximos que sí serán tenidos en cuenta cuando se publiquen las listas ordenadas según los datos efectivamente acreditados (ver anexo VIII orden de 12 de febrero).
BLOQUE I
Aspirantes que cuenten con un CINCO o MÁS en algunos de los procedimientos selectivos celebrados en la Región de Murcia desde el año 2000. A estos efectos se podrán alegar aprobados de otras Comunidades Autónomas (años 2005, 2007 y 2009), siempre que fuesen aportados en su momento para su permanencia en las listas de interinos de la CARM.
Será ordenados por el resultado que se obtenga de sumar:
DNI | Apellidos y Nombre | Calificación Oposición Actual | Experiencia Docente | Puntos Oposición Superada | |||
b.1 | b.2 | b.3 | b.4 | ||||
Mayor nota de la fase de oposición (desde el año 2000) |
Se tendrá en cuenta hasta la fecha de fin de plazo de presentación de instancias de la convocatoria de oposiciones (22 febrero 2021) |
Un punto por cada oposición aprobada de esa especialidad en la Región de Murcia desde el año 2020. Máximo 4 puntos | |||||
Especialidades del Mismo cuerpo | Especialidades Otros cuerpos | ||||||
Centros Públicos | 0,6/año (b.1) | 0,3/año (b.2) | |||||
Otros Centros | 0,3/año (b.3) | 0,15/año (b.4) |
BLOQUE II
Todos aquellos aspirantes que NO han superado ningún proceso selectivo desde el año 2000 en la Región de Murcia. Serán ordenador por el resultado que se obtenga de sumar la Nota del Actual proceso con la Experiencia docente en los mismos términos que en el Bloque I
2.- Listado de interinos integrantes del Bloque I de la lista vigente que, al no haber realizado instancia de participación en el presente proceso selectivo, se incluiyén de oficio
Según se establece en el artículo 101 de la Orden de 12 de febrero 2019, la experiencia docente prestada en centros privados será aportada y justificada por los aspirantes según modelo anexo VI de la referida Orden de 12 febrero 2019. Dicha experiencia, cuando se trate de centros de la Región de Murcia, será visada por la Inspección de Educación de esta Consejería
Los certificados emitidos en años anteriores por la Inspección de Educación de esta Consejería o de otras Administraciones Públicas, serán válidos, por lo que no será necesario volver a visar dichos servicios prestados.
Los aspirantes relacionados dispondrán de un plazo entre el 1 de junio y el 15 de junio, ambos inclusive. para la presentación de documentos acreditativos de nuevos méritos (calificaciones y experiencia docente), o solicitudes de rectificación de los datos expuestos.
4.- MAYORES DE 55 AÑOS:
En este mismo plazo del 1 al 15 de junio los interinos con 55 años, que cumplan los requisitos de la “Transitoria Primera” del actual Acuerdo de interinos, puedan ejercer su derecho.
“La primera vez que se reconfiguren las listas de cada especialidad tras la firma del pacto, los integrantes de las listas en ese momento vigentes que antes del 30 de junio del año del procedimiento selectivo correspondiente hayan cumplido 55 años y cuenten en esa fecha con más de veinte años de servicio, de los cuales al menos los diez últimos años alegados sean en centros públicos de la Región de Murcia, figurarán en el lugar más alto que corresponda por su puntuación, sumándoles la mejor nota de oposición e integrándolos en el Bloque I.”
Para ver que especialidades son las afectadas por esta transitoria, consulta nuestro dossier de oposición 2021 consulta nuestro dossier de oposición 2021)
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