COMPOSICIÓN TRIBUNALES 2023
Plazo para alegar omisiones o solicitar la exclusión de la lista: Del 7 al 16 de marzo (ambos inclusive)
Para alegar omisiones o solicitar la exclusión de la lista.
Dirigidas a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo,
Se presentarán exclusivamente de forma telemática.
Para ello deberán cumplimentar y firmar de manera telemática una solicitud a través del formulario web establecido al efecto, disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (http://sede.carm.es) con el número de procedimiento 2496 “Solicitud de participación voluntaria o exclusión en los tribunales de los procedimientos selectivos para ingreso en los cuerpos docentes de la Región de Murcia”
Se puede acceder con USUARIO Y CONTRASEÑA de Educarm, desde el enlace de arriba.
Como causas de la exclusión a la que se hace referencia en el resuelvo tercero, las que a continuación se indican:
a) Situación de permiso por maternidad o paternidad, por adopción o acogimiento o por acumulación de lactancia.
b) La imposibilidad absoluta derivada de enfermedad, debidamente certificada por la Unidad de Inspección Médica de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
c) Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el 31 de julio de 2023 al amparo del artículo 48.h) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Resolución de 19 de mayo de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se ordena la publicación del acuerdo sobre medidas sociales para el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.
d) Los permisos de reducción de jornada concedidos hasta el 31 de agosto de 2023 al amparo del artículo 6.1 de la Ley 5/2012, de 29 de junio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función Pública.
e) Haber actuado efectivamente como miembro de tribunal en alguno de los procedimientos selectivos convocados por Orden de 6 de abril de 2018 o por Orden de 25 de enero de 2021.
f) Ser director o miembro del equipo directivo de centros educativos que imparten las enseñanzas establecidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o director de equipos de orientación educativa y psicopedagógica.
g) El ejercicio de actividades sindicales. En el caso de hallarse en alguna de las circunstancias expuestas en las letras c), d), e) y f) de este apartado, la exclusión se concederá
siempre que no impida configurar adecuadamente los tribunales requeridos en cada especialidad y cuando, a criterio de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, lo permitan las necesidades del servicio.
Asimismo, quienes no aleguen su omisión de las listas en el mismo plazo y por el mismo procedimiento telemático, decaerán en su derecho a participar en los tribunales.