La Consejería de Presidencia concederá, para la realización de actividades sindicales en el ámbito de la Administración Pública Regional y/o dentro de la estructura confederal de la Organización Sindical solicitante, licencias a tiempo total de los empleados públicos designados por las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, que deberá ser personal fijo al servicio de la Administración Regional.
El tiempo de duración de la representación sindical.
Para la concesión de estas licencias será necesario el informe favorable de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.
Se exceptúa de la emisión del informe anterior, en el supuesto de cargos elegidos estatutariamente dentro de la organización sindical a la que pertenece, en cuyo caso únicamente se comunicará a la Consejería la solicitud de la liberación sindical presentada.
La presentación del informe deberá ser entregada en un plazo máximo de 10 días.
Mediante la presentación del informe anteriormente señalado.
Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.
Informe de la organización sindical correspondiente.
Inmediato.
Desestimatorio