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P.23 PERMISO PARA REALIZAR FUNCIONES SINDICALES. LICENCIA A TIEMPO TOTAL

 

DESCRIPCIÓN DEL PERMISO

Comprenderá la totalidad de días de la jornada mensual de trabajo.

 

DURACIÓN

El curso escolar, y se prorrogará automáticamente por un periodo igual, salvo indicación expresa, con una antelación mínima de 15 días hábiles, antes del inicio del curso escolar.

 

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD

Haber sido nombrado representante por su organización sindical.

Disponer de un crédito horario mensual de 140 horas en la bolsa de créditos horarios de la organización sindical proponente.

 

CRITERIO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL ÓRGANO GESTOR

1. Los empleados públicos a los que se les concedan licencias sindicales, de conformidad con lo señalado previamente, permanecerán en situación de servicio activo con reserva del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y conservarán todos los derechos profesionales, incluidos los de carácter retributivo.

2. Las licencias sindicales podrán ser revocadas, por el órgano que las concedió , cuando concurran algunas de las causas siguientes:

-Incumplimiento de la finalidad para la que se concedieron.

-Realización de actividades sindicales fuera del ámbito de la Administración Regional, excepto las que hayan de desarrollarse dentro de la estructura orgánica de la organización sindical a la que pertenezca.

-Realización de actividades que incurran en causa de incompatibilidad de las previstas por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

-A petición de su organización sindical.

-En el caso de personal temporal la revocación se producirá, además, en el momento de su cese por alguna de las causas legalmente previstas.

-A solicitud del interesado.

Los empleados públicos que disfruten de esta licencia serán retribuidos de tal manera que no sufran detrimento en su remuneración total, es decir, como si estuviesen desempeñando el trabajo habitual en su centro.

 

PERÍODO EN EL QUE SE PUEDE SOLICITAR Y FORMA

Con una antelación de 15 días naturales, antes del inicio de curso.

La Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos comunicará la concesión de la licencia a la organización sindical proponente y a la dirección del centro al mismo tiempo que al interesado.

 

COMO TRAMITAR LA SOLICITUD

Mediante solicitud.

 

ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE LA SOLICITUD

Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos a través de la dirección del centro.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Propuestas de la organización sindical correspondiente.

 

PLAZO PARA RESOLVER

15 días hábiles.

 

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Desestimatorio