• Noticia nueva

Orden de recursos humanos para el curso 2026-2027.


01 Jul, 2026

Orden de recursos humanos para el curso 2026-2027.

  • La Orden busca asegurar el correcto inicio de curso y agilizar la adjudicación de destinos provisionales.
  • Se regulan medidas sobre personal interino, adjudicaciones, jornada, horarios, coordinaciones, maternidad y prevención de riesgos laborales.
  • Mantiene aspectos relevantes como la jornada de 35 horas, la atención al transporte escolar y la posibilidad de determinados trámites no presenciales.

Resumen general

  • Regula procedimientos de recursos humanos no contemplados en normativa específica o que necesitan adaptación a la realidad de los centros públicos.
  • La adjudicación de destinos provisionales se plantea con antelación al periodo vacacional para que el profesorado conozca su destino del curso 2026-2027.
  • Los centros deberán atender diariamente el correo oficial del centro con dominio murciaeduca.es.
  • Se recogen medidas sobre la apertura de centros durante julio, atención educativa tras la evaluación y tramitación electrónica de documentos.
  • Se mantiene la referencia a la jornada semanal de 35 horas y a la organización horaria establecida en los anexos.
  • Se regulan coordinaciones como bienestar y protección, igualdad, banco de libros, estrategia digital LIBRE, PROA+ y prevención de riesgos laborales.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Normas comunes para el curso 2026-2027

Aspectos generales de organización de centros y comunicación con la Consejería.

  • La Consejería comunicará a los centros los efectivos asignados y el profesorado que deba participar en actos de adjudicación.
  • Antes del 15 de septiembre de 2026 se publicará en Educarm la relación de profesorado destinado en cada centro.
  • Los centros deberán garantizar apertura en julio y atención a reclamaciones, matrículas, becas y documentación administrativa.

Comunicación de efectivos y correo oficial

  • La dirección general competente comunicará a los centros los efectivos asignados para el curso 2026-2027.
  • La dirección del centro deberá comunicar de forma fehaciente al profesorado afectado la obligación de participar en los actos de adjudicación.
  • La secretaría del centro debe atender diariamente el correo oficial compuesto por el código de centro y dominio murciaeduca.es.
ANPE Murcia destaca: Es importante que los centros revisen diariamente el correo oficial durante estos procesos.

Evaluaciones, julio y tramitación no presencial

  • Las evaluaciones de sexto de Primaria y cuarto de ESO deberán planificarse con antelación para facilitar los procesos de admisión y matrícula.
  • Tras las evaluaciones y hasta el 30 de junio, se atenderá al alumnado que necesite orientación educativa o académica.
  • Durante julio, la dirección garantizará la apertura del centro para reclamaciones, matrículas, certificaciones, becas y documentación del profesorado.
  • La dirección podrá admitir la presentación electrónica de documentos, verificando la identidad con los datos disponibles en Plumier XXI o ADA.

Puestos con conocimientos específicos y maestros en Secundaria

  • Los centros deberán comunicar antes del 22 de septiembre los puestos que requieran conocimientos específicos, como programas bilingües, lengua de signos, pianista acompañante u otros.
  • El profesorado del Cuerpo de Maestros que imparta educación secundaria podrá percibir una retribución adicional proporcional a su dedicación.
  • Para hacer efectiva esta retribución, la dirección remitirá el anexo correspondiente antes del 15 de octubre de 2026.

Cargos directivos, jefaturas y centros incompletos

  • Las sustituciones de cargos directivos y jefaturas de departamento se formalizarán, con carácter general, a partir de la finalización del primer mes, salvo bajas de larga duración conocidas.
  • Los colegios de educación primaria de cuatro o cinco unidades dispondrán de un segundo miembro del equipo directivo.
  • En estos centros incompletos se efectuará una contratación por siete horas para dotar la reducción y tareas de coordinación del banco de libros.

Religión

  • El profesorado de religión tendrá el mismo régimen jurídico que el resto del personal docente en vacaciones, permisos y licencias.
  • Quienes hayan ocupado puestos durante 255 días o más en el curso 2026-2027 percibirán íntegramente los ingresos del 1 de julio al 31 de agosto.
  • La jornada del profesorado de religión se regula en los anexos I y II.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Profesorado interino curso 2026-2027

Guía práctica sobre puestos, renuncias, listas, habilitaciones y derechos retributivos.

Lo más importante

  • Con carácter general, todos los actos de adjudicación serán voluntarios, salvo que la Administración declare alguno obligatorio por dificultad de cobertura.
  • Los interinos con 255 días o más percibirán íntegramente julio y agosto.
  • Quienes hayan trabajado menos de 255 días y finalicen el 30 de junio verán prorrogado su nombramiento hasta cubrir las vacaciones devengadas no disfrutadas, salvo supuestos específicos.

Obligatoriedad de puestos y conciliación

  • La cobertura de puestos es obligatoria salvo determinados puestos: itinerantes, aulas hospitalarias, tiempos parciales, aulas ocupacionales, centros de educación especial, aulas penitenciarias y centros de menores.
  • En la lista de maestros también son voluntarios puestos como compensatoria, aulas de acogida, educación de personas adultas y vacantes con doble perfil.
  • Las personas con hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad, podrán no participar en actos de adjudicación o pedir voluntariamente sin penalización, comunicándolo a spd_primaria@murciaeduca.es o spd_secundaria@murciaeduca.es con asunto “Conciliación”.
  • También se contempla la renuncia sin penalización por familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar.

Renuncias anticipadas y actos voluntarios

  • Con carácter general, todos los actos de adjudicación serán voluntarios.
  • La Administración podrá declarar obligatorio algún acto en casos de dificultad de cobertura, previa comunicación a los sindicatos con representación.
  • Renuncia a actos de curso completo: hasta el 31 de agosto de 2026, irrevocable hasta el 30 de junio del año siguiente.
  • Renuncia a actos del primer trimestre: hasta el 31 de agosto de 2026, irrevocable hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Renuncia a actos del resto del curso: hasta el 31 de diciembre de 2026, con efectos hasta el 31 de marzo o 30 de junio de 2027 según solicitud.
  • Las renuncias anticipadas se tramitan mediante el procedimiento de sede electrónica 4534.

Causas justificadas de renuncia

  • Enfermedad de la persona interesada.
  • Maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
  • Cuidado de hijo o familiar hasta segundo grado.
  • Contrato laboral, relación funcionarial, beca o trabajo en el extranjero.
  • Cargo público o representativo que impida asistir al trabajo.
  • Informe favorable de prevención de riesgos cuando el estado de salud aconseje un centro determinado.
  • Matrimonio o situaciones asimiladas.
  • Otras causas debidamente justificadas, con especial consideración a víctimas de violencia de género, terrorismo o acoso.

Listas de interinidad

  • Las listas del Cuerpo de Maestros serán las derivadas del procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de enero de 2026.
  • Las listas de otros cuerpos serán las del curso anterior, actualizadas con incidencias, y se publicarán antes del 30 de junio con plazo de subsanación no inferior a cinco días hábiles.
  • Si faltan aspirantes, podrán activarse procedimientos de urgencia, listas abiertas o convocatorias a aspirantes de otras especialidades que cumplan requisitos.

Jornadas inferiores a la ordinaria

  • Los nombramientos a tiempo parcial del personal interino no podrán superar 14 horas lectivas semanales ni ser inferiores a 7.
  • En enseñanzas artísticas, el límite inferior será de 6 horas lectivas.
  • Se procurará agrupar tiempos parciales de una localidad o localidades limítrofes cuando las itinerancias no impidan la prestación del servicio.

Derechos retributivos

  • La duración del nombramiento se ajustará al tiempo que duren las circunstancias que lo motivaron.
  • Quienes hayan trabajado menos de 255 días y finalicen el 30 de junio no cesarán en esa fecha, sino que se prorrogará el nombramiento hasta cubrir las vacaciones devengadas no disfrutadas.
  • Si se han desempeñado varios puestos con distintas jornadas, el cese será el 30 de junio y desde el 1 de julio de 2027 se practicará liquidación de vacaciones no disfrutadas, paga extra proporcional y otros derechos retributivos.
  • Quienes hayan ocupado puestos durante 255 días o más en el curso 2026-2027 percibirán íntegramente julio y agosto.
ANPE Murcia destaca: Este apartado es uno de los de mayor interés para el personal interino.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Adjudicación de destinos provisionales 2026-2027

Resumen práctico de los procedimientos de adjudicación y desplazamientos.

Lo más importante

  • La Orden regula los procedimientos de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2026-2027.
  • Se contemplan desplazamientos por falta de horario lectivo y prioridades específicas para Maestros y otros cuerpos.
  • Las organizaciones sindicales participan en el seguimiento de vacantes y listados.

Procedimientos de adjudicación

  • Los procedimientos se ajustan a la Resolución de 8 de julio de 2002 y al Acuerdo de personal docente interino vigente.
  • Las vacantes urgentes con características especiales podrán adjudicarse fuera del acto de adjudicación si se ofertan correlativamente a quienes estén disponibles en la lista.
  • Las adjudicaciones se realizarán conforme a las prioridades establecidas en la Orden y a la situación administrativa del profesorado.

Plazas ofertadas y publicidad

  • Se ofertarán las plazas necesarias para garantizar el inicio de curso.
  • Se dará publicidad a las listas y vacantes ofertadas para los actos de adjudicación.
  • Las organizaciones sindicales podrán participar en el seguimiento del procedimiento.

Desplazamientos por falta de horario lectivo

  • Si un docente con destino definitivo carece de horario suficiente, podrá ser desplazado provisionalmente.
  • Cuando nadie opte voluntariamente por desplazarse, se aplicarán los criterios de antigüedad y preferencia establecidos en la normativa vigente.
  • La dirección del centro realizará las consultas necesarias para determinar la persona afectada cuando proceda.

Cuerpo de Maestros

  • Se regulan incorporaciones, determinación de puestos, cambios de perfil y orden de adjudicación.
  • Las prioridades incluyen, entre otros, maestros que hayan perdido destino definitivo por supresión, clausura, sentencia, resolución de recurso, educación en el exterior o excedencia por cuidado de hijo sin reserva.
  • También se contemplan desplazados, suprimidos y otros colectivos según el orden fijado en la Orden.

Otros cuerpos docentes

  • Se regulan especialidades, puestos de orientación, cuerpos declarados a extinguir y prioridades en los actos de adjudicación.
  • Se prevén supuestos de docencia en especialidades de las que no se posee titularidad cuando la normativa lo permita.
  • El Conservatorio Superior de Música cuenta con previsiones específicas.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Jornada y horario del profesorado 2026-2027

Resumen de incorporación, toma de posesión, jornada de 35 horas, teletrabajo y reducciones.

Lo más importante

  • La Orden mantiene la jornada semanal de 35 horas para el personal docente no universitario.
  • Se regulan incorporación, primer claustro, toma de posesión, partes de asistencia y distribución semanal.
  • Se recogen previsiones sobre teletrabajo, transporte escolar, jornada reducida de septiembre y junio, mayores de 55 años y reducciones de jornada.

Incorporación y toma de posesión

  • Se regulan las fechas y condiciones de incorporación del profesorado funcionario de carrera, personal laboral y profesorado interino.
  • La toma de posesión y la participación en órganos colegiados quedan recogidas en las normas generales del Título V.
  • Se contempla la prestación por desempleo en los supuestos correspondientes.

Jornada de 35 horas y distribución semanal

  • La jornada de trabajo se adapta a la jornada semanal de 35 horas.
  • La distribución semanal se completa con actividades lectivas, complementarias y tareas no lectivas.
  • Las tareas no lectivas incluyen actividades de coordinación, atención a familias, formación, preparación docente y otras funciones propias del puesto.

Teletrabajo, digitalización y atención a distancia

  • Se regulan actuaciones vinculadas a teletrabajo, digitalización y atención a distancia para asegurar la continuidad del servicio educativo cuando sea necesario.
  • Mientras no exista un desarrollo específico, el teletrabajo se ajustará a las condiciones previstas en la normativa aplicable.

Transporte escolar y atención al alumnado

  • La dirección de los centros con transporte escolar organizará la atención del alumnado antes y después de las clases mientras permanezca en el recinto escolar.
  • El tiempo dedicado a esta atención podrá compensarse con tiempo equivalente de vigilancia de recreos o computarse como obligada permanencia.

Jornada reducida en septiembre y junio

  • En Infantil, Primaria y Educación Especial, cuando se adopte jornada reducida en septiembre y junio, el profesorado impartirá 20 horas lectivas.
  • El horario se completará con 7 horas complementarias de obligada permanencia y 2 horas de cómputo mensual.

Profesorado mayor de 55 años

  • El régimen de jornada del profesorado mayor de 55 años se recoge en el anexo V.
  • La reducción de dos horas lectivas conlleva reducción de retribuciones equivalente a dos horas de jornada semanal.
  • En CEIP, por dificultad horaria, la reducción podrá entenderse referida a periodos lectivos, compensando el exceso en horas complementarias.

Reducciones de jornada

  • Se regulan reducciones de jornada por motivos de salud, reducción voluntaria y reducción para mayores de 55 años.
  • Las reducciones se conceden por periodos determinados y se aplican conforme a las necesidades organizativas del centro.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Coordinaciones en los centros curso 2026-2027

Resumen de coordinaciones recogidas en la Orden.

  • La Orden regula coordinaciones adicionales a las previstas en normativa específica.
  • Incluye convivencia, bienestar y protección, banco de libros, estrategia digital LIBRE, igualdad, PROA+, calidad, deporte escolar y prevención del abandono escolar.
  • Las reducciones horarias dependen de los recursos disponibles y de la organización del centro.

Determinación de coordinaciones

  • Además de las coordinaciones previstas en cada normativa específica, podrán establecerse las recogidas en el capítulo de coordinaciones.
  • La asignación de reducción horaria dependerá de la normativa aplicable, los recursos del centro y la organización aprobada.

Convivencia y bienestar y protección

  • En los centros sin Consejo Escolar constituido, la dirección nombrará coordinador de convivencia.
  • El coordinador de bienestar y protección difundirá protocolos de actuación frente a acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y otras formas de violencia.
  • Podrá contar, según recursos, con reducción horaria mínima de una hora lectiva o complementaria.

Igualdad

  • El Consejo Escolar designará una persona para impulsar medidas educativas de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
  • También promoverá la defensa y respeto a la igualdad afectivo-sexual.
  • Si esta función recae en un docente, la dirección podrá asignarle un periodo complementario.

Banco de libros y estrategia digital LIBRE

  • Se contempla coordinación del banco de libros para la gestión del programa en los centros.
  • La estrategia digital LIBRE contará con coordinación específica conforme a los criterios de organización del centro.

Otras coordinaciones

  • Coordinador de educación para la salud.
  • Coordinador del Programa de Profundización en Lenguas Extranjeras.
  • Coordinador de prevención del abandono escolar temprano en CEPAS.
  • Coordinador en departamentos de más de 25 miembros.
  • Tutoría de la fase de formación en empresa u organismo equiparado.
  • Responsable de Deporte Escolar.
  • Responsable de Calidad.
  • Coordinador del Programa PROA+.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Maternidad, paternidad y conciliación 2026-2027

Resumen de protección a la maternidad y permisos aplicables.

Lo más importante

  • El personal interino tiene los mismos derechos de licencia por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o guarda que el personal funcionario de carrera.
  • Si un interino obtiene puesto y no se incorpora por permiso de nacimiento y cuidado de menor, se contemplan efectos sobre alta laboral y experiencia docente en determinados supuestos.
  • La monoparentalidad se remite a los apartados P11, P12 y P13 del Manual de Licencias y Permisos.

Normativa y criterios generales

  • La Orden recoge la normativa aplicable y criterios de interpretación de permisos vinculados a maternidad, paternidad, adopción, acogimiento y guarda.
  • Se regula el permiso de nacimiento para ambos progenitores o adoptantes.
  • También se contempla la hospitalización del neonato y situaciones vinculadas a profesoras itinerantes en periodo de gestación.

Profesorado interino

  • En maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o guarda, el personal interino gozará de los mismos derechos de licencia que el personal funcionario de carrera.
  • Los derechos retributivos serán los que correspondan en el régimen de Seguridad Social aplicable.
  • Si una persona interina obtiene un puesto en un acto de adjudicación y decide no incorporarse por nacimiento y cuidado de menor, se le reconocerá el alta laboral en la Consejería únicamente cuando no tenga derecho a la prestación correspondiente del INSS.
  • Si no se incorpora mientras dure esta situación, el periodo podrá ser reconocido a efectos de experiencia docente en los términos previstos.
  • Cuando por maternidad o paternidad no pueda continuar prestando servicios efectivos, se prorrogará el nombramiento mientras permanezca en dicha situación, con el límite del 30 de junio.

Monoparentalidad

  • En los casos de monoparentalidad se aplicará lo recogido en los apartados P11, P12 y P13 del Manual de Licencias y Permisos.

Conciliación en actos de adjudicación

  • Las personas interinas con hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad, podrán no participar en actos de adjudicación sin ser excluidas ni penalizadas.
  • También podrán participar y pedir voluntariamente cualquiera de los puestos ofertados.
  • La comunicación se realiza a través de spd_primaria@murciaeduca.es o spd_secundaria@murciaeduca.es, según proceda, indicando en el asunto “Conciliación”.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.

Prevención de riesgos laborales curso 2026-2027

Resumen de formación, vigilancia de la salud, adaptaciones, coordinador PRL y simulacros.

Lo más importante

  • Todos los centros docentes dispondrán de coordinador de prevención de riesgos laborales.
  • Los centros deben contar con Plan de Autoprotección escolar y realizar simulacro durante el primer trimestre.
  • El informe del simulacro debe remitirse antes del 31 de diciembre a través de la plataforma correspondiente.

Información y formación

  • La Orden recoge la formación e información del personal de los centros educativos en materia de prevención de riesgos laborales.
  • La prevención forma parte de la organización ordinaria del centro y debe integrarse en su funcionamiento.

Vigilancia de la salud y adaptaciones

  • Se regula el ámbito de aplicación de la vigilancia de la salud del personal docente.
  • Las adaptaciones del puesto de trabajo para personal especialmente sensible se realizarán, con carácter general, dentro del mismo centro donde presta servicios.
  • También se contemplan adaptaciones extraordinarias cuando resulte necesario.

Coordinador de prevención de riesgos laborales

  • Todos los centros docentes dispondrán de coordinador de prevención de riesgos laborales.
  • Preferentemente será funcionario de carrera docente con destino definitivo en el centro.
  • En CEIP, Educación Especial y Educación de Personas Adultas de nueve o más unidades se computarán hasta tres horas semanales, lectivas o complementarias según decida la dirección.

Plan de Autoprotección Escolar

  • Todos los centros públicos educativos dispondrán del correspondiente Plan de Autoprotección.
  • El plan debe analizar emergencias y establecer medidas de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
  • Su elaboración y comprobación periódica corresponde a los equipos directivos, en colaboración con el coordinador de prevención.

Simulacros de evacuación

  • Los centros podrán planificar tantos simulacros como consideren oportunos.
  • Durante el primer trimestre debe realizarse el simulacro preceptivo de evacuación de emergencia.
  • Una vez realizado, el centro remitirá el informe correspondiente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales antes del 31 de diciembre, a través de https://educarm.prevengos.com.

Consultar publicación oficial en el BORM

Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.