Orden de recursos humanos para el curso 2026-2027.
- La Orden busca asegurar el correcto inicio de curso y agilizar la adjudicación de destinos provisionales.
- Se regulan medidas sobre personal interino, adjudicaciones, jornada, horarios, coordinaciones, maternidad y prevención de riesgos laborales.
- Mantiene aspectos relevantes como la jornada de 35 horas, la atención al transporte escolar y la posibilidad de determinados trámites no presenciales.
Resumen general
- Regula procedimientos de recursos humanos no contemplados en normativa específica o que necesitan adaptación a la realidad de los centros públicos.
- La adjudicación de destinos provisionales se plantea con antelación al periodo vacacional para que el profesorado conozca su destino del curso 2026-2027.
- Los centros deberán atender diariamente el correo oficial del centro con dominio murciaeduca.es.
- Se recogen medidas sobre la apertura de centros durante julio, atención educativa tras la evaluación y tramitación electrónica de documentos.
- Se mantiene la referencia a la jornada semanal de 35 horas y a la organización horaria establecida en los anexos.
- Se regulan coordinaciones como bienestar y protección, igualdad, banco de libros, estrategia digital LIBRE, PROA+ y prevención de riesgos laborales.
Consultar publicación oficial en el BORM
Texto preparado por ANPE Murcia a partir de la Orden publicada en el BORM. Recomendamos consultar siempre la publicación oficial para el detalle completo.
Normas comunes para el curso 2026-2027
Aspectos generales de organización de centros y comunicación con la Consejería.
- La Consejería comunicará a los centros los efectivos asignados y el profesorado que deba participar en actos de adjudicación.
- Antes del 15 de septiembre de 2026 se publicará en Educarm la relación de profesorado destinado en cada centro.
- Los centros deberán garantizar apertura en julio y atención a reclamaciones, matrículas, becas y documentación administrativa.
Comunicación de efectivos y correo oficial
- La dirección general competente comunicará a los centros los efectivos asignados para el curso 2026-2027.
- La dirección del centro deberá comunicar de forma fehaciente al profesorado afectado la obligación de participar en los actos de adjudicación.
- La secretaría del centro debe atender diariamente el correo oficial compuesto por el código de centro y dominio murciaeduca.es.
Evaluaciones, julio y tramitación no presencial
- Las evaluaciones de sexto de Primaria y cuarto de ESO deberán planificarse con antelación para facilitar los procesos de admisión y matrícula.
- Tras las evaluaciones y hasta el 30 de junio, se atenderá al alumnado que necesite orientación educativa o académica.
- Durante julio, la dirección garantizará la apertura del centro para reclamaciones, matrículas, certificaciones, becas y documentación del profesorado.
- La dirección podrá admitir la presentación electrónica de documentos, verificando la identidad con los datos disponibles en Plumier XXI o ADA.
Puestos con conocimientos específicos y maestros en Secundaria
- Los centros deberán comunicar antes del 22 de septiembre los puestos que requieran conocimientos específicos, como programas bilingües, lengua de signos, pianista acompañante u otros.
- El profesorado del Cuerpo de Maestros que imparta educación secundaria podrá percibir una retribución adicional proporcional a su dedicación.
- Para hacer efectiva esta retribución, la dirección remitirá el anexo correspondiente antes del 15 de octubre de 2026.
Cargos directivos, jefaturas y centros incompletos
- Las sustituciones de cargos directivos y jefaturas de departamento se formalizarán, con carácter general, a partir de la finalización del primer mes, salvo bajas de larga duración conocidas.
- Los colegios de educación primaria de cuatro o cinco unidades dispondrán de un segundo miembro del equipo directivo.
- En estos centros incompletos se efectuará una contratación por siete horas para dotar la reducción y tareas de coordinación del banco de libros.
Religión
- El profesorado de religión tendrá el mismo régimen jurídico que el resto del personal docente en vacaciones, permisos y licencias.
- Quienes hayan ocupado puestos durante 255 días o más en el curso 2026-2027 percibirán íntegramente los ingresos del 1 de julio al 31 de agosto.
- La jornada del profesorado de religión se regula en los anexos I y II.
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Profesorado interino curso 2026-2027
Guía práctica sobre puestos, renuncias, listas, habilitaciones y derechos retributivos.
Lo más importante
- Con carácter general, todos los actos de adjudicación serán voluntarios, salvo que la Administración declare alguno obligatorio por dificultad de cobertura.
- Los interinos con 255 días o más percibirán íntegramente julio y agosto.
- Quienes hayan trabajado menos de 255 días y finalicen el 30 de junio verán prorrogado su nombramiento hasta cubrir las vacaciones devengadas no disfrutadas, salvo supuestos específicos.
Obligatoriedad de puestos y conciliación
- La cobertura de puestos es obligatoria salvo determinados puestos: itinerantes, aulas hospitalarias, tiempos parciales, aulas ocupacionales, centros de educación especial, aulas penitenciarias y centros de menores.
- En la lista de maestros también son voluntarios puestos como compensatoria, aulas de acogida, educación de personas adultas y vacantes con doble perfil.
- Las personas con hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad, podrán no participar en actos de adjudicación o pedir voluntariamente sin penalización, comunicándolo a spd_primaria@murciaeduca.es o spd_secundaria@murciaeduca.es con asunto “Conciliación”.
- También se contempla la renuncia sin penalización por familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar.
Renuncias anticipadas y actos voluntarios
- Con carácter general, todos los actos de adjudicación serán voluntarios.
- La Administración podrá declarar obligatorio algún acto en casos de dificultad de cobertura, previa comunicación a los sindicatos con representación.
- Renuncia a actos de curso completo: hasta el 31 de agosto de 2026, irrevocable hasta el 30 de junio del año siguiente.
- Renuncia a actos del primer trimestre: hasta el 31 de agosto de 2026, irrevocable hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Renuncia a actos del resto del curso: hasta el 31 de diciembre de 2026, con efectos hasta el 31 de marzo o 30 de junio de 2027 según solicitud.
- Las renuncias anticipadas se tramitan mediante el procedimiento de sede electrónica 4534.
Causas justificadas de renuncia
- Enfermedad de la persona interesada.
- Maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
- Cuidado de hijo o familiar hasta segundo grado.
- Contrato laboral, relación funcionarial, beca o trabajo en el extranjero.
- Cargo público o representativo que impida asistir al trabajo.
- Informe favorable de prevención de riesgos cuando el estado de salud aconseje un centro determinado.
- Matrimonio o situaciones asimiladas.
- Otras causas debidamente justificadas, con especial consideración a víctimas de violencia de género, terrorismo o acoso.
Listas de interinidad
- Las listas del Cuerpo de Maestros serán las derivadas del procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de enero de 2026.
- Las listas de otros cuerpos serán las del curso anterior, actualizadas con incidencias, y se publicarán antes del 30 de junio con plazo de subsanación no inferior a cinco días hábiles.
- Si faltan aspirantes, podrán activarse procedimientos de urgencia, listas abiertas o convocatorias a aspirantes de otras especialidades que cumplan requisitos.
Jornadas inferiores a la ordinaria
- Los nombramientos a tiempo parcial del personal interino no podrán superar 14 horas lectivas semanales ni ser inferiores a 7.
- En enseñanzas artísticas, el límite inferior será de 6 horas lectivas.
- Se procurará agrupar tiempos parciales de una localidad o localidades limítrofes cuando las itinerancias no impidan la prestación del servicio.
Derechos retributivos
- La duración del nombramiento se ajustará al tiempo que duren las circunstancias que lo motivaron.
- Quienes hayan trabajado menos de 255 días y finalicen el 30 de junio no cesarán en esa fecha, sino que se prorrogará el nombramiento hasta cubrir las vacaciones devengadas no disfrutadas.
- Si se han desempeñado varios puestos con distintas jornadas, el cese será el 30 de junio y desde el 1 de julio de 2027 se practicará liquidación de vacaciones no disfrutadas, paga extra proporcional y otros derechos retributivos.
- Quienes hayan ocupado puestos durante 255 días o más en el curso 2026-2027 percibirán íntegramente julio y agosto.
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Adjudicación de destinos provisionales 2026-2027
Resumen práctico de los procedimientos de adjudicación y desplazamientos.
Lo más importante
- La Orden regula los procedimientos de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2026-2027.
- Se contemplan desplazamientos por falta de horario lectivo y prioridades específicas para Maestros y otros cuerpos.
- Las organizaciones sindicales participan en el seguimiento de vacantes y listados.
Procedimientos de adjudicación
- Los procedimientos se ajustan a la Resolución de 8 de julio de 2002 y al Acuerdo de personal docente interino vigente.
- Las vacantes urgentes con características especiales podrán adjudicarse fuera del acto de adjudicación si se ofertan correlativamente a quienes estén disponibles en la lista.
- Las adjudicaciones se realizarán conforme a las prioridades establecidas en la Orden y a la situación administrativa del profesorado.
Plazas ofertadas y publicidad
- Se ofertarán las plazas necesarias para garantizar el inicio de curso.
- Se dará publicidad a las listas y vacantes ofertadas para los actos de adjudicación.
- Las organizaciones sindicales podrán participar en el seguimiento del procedimiento.
Desplazamientos por falta de horario lectivo
- Si un docente con destino definitivo carece de horario suficiente, podrá ser desplazado provisionalmente.
- Cuando nadie opte voluntariamente por desplazarse, se aplicarán los criterios de antigüedad y preferencia establecidos en la normativa vigente.
- La dirección del centro realizará las consultas necesarias para determinar la persona afectada cuando proceda.
Cuerpo de Maestros
- Se regulan incorporaciones, determinación de puestos, cambios de perfil y orden de adjudicación.
- Las prioridades incluyen, entre otros, maestros que hayan perdido destino definitivo por supresión, clausura, sentencia, resolución de recurso, educación en el exterior o excedencia por cuidado de hijo sin reserva.
- También se contemplan desplazados, suprimidos y otros colectivos según el orden fijado en la Orden.
Otros cuerpos docentes
- Se regulan especialidades, puestos de orientación, cuerpos declarados a extinguir y prioridades en los actos de adjudicación.
- Se prevén supuestos de docencia en especialidades de las que no se posee titularidad cuando la normativa lo permita.
- El Conservatorio Superior de Música cuenta con previsiones específicas.
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Jornada y horario del profesorado 2026-2027
Resumen de incorporación, toma de posesión, jornada de 35 horas, teletrabajo y reducciones.
Lo más importante
- La Orden mantiene la jornada semanal de 35 horas para el personal docente no universitario.
- Se regulan incorporación, primer claustro, toma de posesión, partes de asistencia y distribución semanal.
- Se recogen previsiones sobre teletrabajo, transporte escolar, jornada reducida de septiembre y junio, mayores de 55 años y reducciones de jornada.
Incorporación y toma de posesión
- Se regulan las fechas y condiciones de incorporación del profesorado funcionario de carrera, personal laboral y profesorado interino.
- La toma de posesión y la participación en órganos colegiados quedan recogidas en las normas generales del Título V.
- Se contempla la prestación por desempleo en los supuestos correspondientes.
Jornada de 35 horas y distribución semanal
- La jornada de trabajo se adapta a la jornada semanal de 35 horas.
- La distribución semanal se completa con actividades lectivas, complementarias y tareas no lectivas.
- Las tareas no lectivas incluyen actividades de coordinación, atención a familias, formación, preparación docente y otras funciones propias del puesto.
Teletrabajo, digitalización y atención a distancia
- Se regulan actuaciones vinculadas a teletrabajo, digitalización y atención a distancia para asegurar la continuidad del servicio educativo cuando sea necesario.
- Mientras no exista un desarrollo específico, el teletrabajo se ajustará a las condiciones previstas en la normativa aplicable.
Transporte escolar y atención al alumnado
- La dirección de los centros con transporte escolar organizará la atención del alumnado antes y después de las clases mientras permanezca en el recinto escolar.
- El tiempo dedicado a esta atención podrá compensarse con tiempo equivalente de vigilancia de recreos o computarse como obligada permanencia.
Jornada reducida en septiembre y junio
- En Infantil, Primaria y Educación Especial, cuando se adopte jornada reducida en septiembre y junio, el profesorado impartirá 20 horas lectivas.
- El horario se completará con 7 horas complementarias de obligada permanencia y 2 horas de cómputo mensual.
Profesorado mayor de 55 años
- El régimen de jornada del profesorado mayor de 55 años se recoge en el anexo V.
- La reducción de dos horas lectivas conlleva reducción de retribuciones equivalente a dos horas de jornada semanal.
- En CEIP, por dificultad horaria, la reducción podrá entenderse referida a periodos lectivos, compensando el exceso en horas complementarias.
Reducciones de jornada
- Se regulan reducciones de jornada por motivos de salud, reducción voluntaria y reducción para mayores de 55 años.
- Las reducciones se conceden por periodos determinados y se aplican conforme a las necesidades organizativas del centro.
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Coordinaciones en los centros curso 2026-2027
Resumen de coordinaciones recogidas en la Orden.
- La Orden regula coordinaciones adicionales a las previstas en normativa específica.
- Incluye convivencia, bienestar y protección, banco de libros, estrategia digital LIBRE, igualdad, PROA+, calidad, deporte escolar y prevención del abandono escolar.
- Las reducciones horarias dependen de los recursos disponibles y de la organización del centro.
Determinación de coordinaciones
- Además de las coordinaciones previstas en cada normativa específica, podrán establecerse las recogidas en el capítulo de coordinaciones.
- La asignación de reducción horaria dependerá de la normativa aplicable, los recursos del centro y la organización aprobada.
Convivencia y bienestar y protección
- En los centros sin Consejo Escolar constituido, la dirección nombrará coordinador de convivencia.
- El coordinador de bienestar y protección difundirá protocolos de actuación frente a acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y otras formas de violencia.
- Podrá contar, según recursos, con reducción horaria mínima de una hora lectiva o complementaria.
Igualdad
- El Consejo Escolar designará una persona para impulsar medidas educativas de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
- También promoverá la defensa y respeto a la igualdad afectivo-sexual.
- Si esta función recae en un docente, la dirección podrá asignarle un periodo complementario.
Banco de libros y estrategia digital LIBRE
- Se contempla coordinación del banco de libros para la gestión del programa en los centros.
- La estrategia digital LIBRE contará con coordinación específica conforme a los criterios de organización del centro.
Otras coordinaciones
- Coordinador de educación para la salud.
- Coordinador del Programa de Profundización en Lenguas Extranjeras.
- Coordinador de prevención del abandono escolar temprano en CEPAS.
- Coordinador en departamentos de más de 25 miembros.
- Tutoría de la fase de formación en empresa u organismo equiparado.
- Responsable de Deporte Escolar.
- Responsable de Calidad.
- Coordinador del Programa PROA+.
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Maternidad, paternidad y conciliación 2026-2027
Resumen de protección a la maternidad y permisos aplicables.
Lo más importante
- El personal interino tiene los mismos derechos de licencia por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o guarda que el personal funcionario de carrera.
- Si un interino obtiene puesto y no se incorpora por permiso de nacimiento y cuidado de menor, se contemplan efectos sobre alta laboral y experiencia docente en determinados supuestos.
- La monoparentalidad se remite a los apartados P11, P12 y P13 del Manual de Licencias y Permisos.
Normativa y criterios generales
- La Orden recoge la normativa aplicable y criterios de interpretación de permisos vinculados a maternidad, paternidad, adopción, acogimiento y guarda.
- Se regula el permiso de nacimiento para ambos progenitores o adoptantes.
- También se contempla la hospitalización del neonato y situaciones vinculadas a profesoras itinerantes en periodo de gestación.
Profesorado interino
- En maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o guarda, el personal interino gozará de los mismos derechos de licencia que el personal funcionario de carrera.
- Los derechos retributivos serán los que correspondan en el régimen de Seguridad Social aplicable.
- Si una persona interina obtiene un puesto en un acto de adjudicación y decide no incorporarse por nacimiento y cuidado de menor, se le reconocerá el alta laboral en la Consejería únicamente cuando no tenga derecho a la prestación correspondiente del INSS.
- Si no se incorpora mientras dure esta situación, el periodo podrá ser reconocido a efectos de experiencia docente en los términos previstos.
- Cuando por maternidad o paternidad no pueda continuar prestando servicios efectivos, se prorrogará el nombramiento mientras permanezca en dicha situación, con el límite del 30 de junio.
Monoparentalidad
- En los casos de monoparentalidad se aplicará lo recogido en los apartados P11, P12 y P13 del Manual de Licencias y Permisos.
Conciliación en actos de adjudicación
- Las personas interinas con hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad, podrán no participar en actos de adjudicación sin ser excluidas ni penalizadas.
- También podrán participar y pedir voluntariamente cualquiera de los puestos ofertados.
- La comunicación se realiza a través de spd_primaria@murciaeduca.es o spd_secundaria@murciaeduca.es, según proceda, indicando en el asunto “Conciliación”.
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Prevención de riesgos laborales curso 2026-2027
Resumen de formación, vigilancia de la salud, adaptaciones, coordinador PRL y simulacros.
Lo más importante
- Todos los centros docentes dispondrán de coordinador de prevención de riesgos laborales.
- Los centros deben contar con Plan de Autoprotección escolar y realizar simulacro durante el primer trimestre.
- El informe del simulacro debe remitirse antes del 31 de diciembre a través de la plataforma correspondiente.
Información y formación
- La Orden recoge la formación e información del personal de los centros educativos en materia de prevención de riesgos laborales.
- La prevención forma parte de la organización ordinaria del centro y debe integrarse en su funcionamiento.
Vigilancia de la salud y adaptaciones
- Se regula el ámbito de aplicación de la vigilancia de la salud del personal docente.
- Las adaptaciones del puesto de trabajo para personal especialmente sensible se realizarán, con carácter general, dentro del mismo centro donde presta servicios.
- También se contemplan adaptaciones extraordinarias cuando resulte necesario.
Coordinador de prevención de riesgos laborales
- Todos los centros docentes dispondrán de coordinador de prevención de riesgos laborales.
- Preferentemente será funcionario de carrera docente con destino definitivo en el centro.
- En CEIP, Educación Especial y Educación de Personas Adultas de nueve o más unidades se computarán hasta tres horas semanales, lectivas o complementarias según decida la dirección.
Plan de Autoprotección Escolar
- Todos los centros públicos educativos dispondrán del correspondiente Plan de Autoprotección.
- El plan debe analizar emergencias y establecer medidas de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
- Su elaboración y comprobación periódica corresponde a los equipos directivos, en colaboración con el coordinador de prevención.
Simulacros de evacuación
- Los centros podrán planificar tantos simulacros como consideren oportunos.
- Durante el primer trimestre debe realizarse el simulacro preceptivo de evacuación de emergencia.
- Una vez realizado, el centro remitirá el informe correspondiente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales antes del 31 de diciembre, a través de https://educarm.prevengos.com.
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