Elección de horarios en Educación Infantil
Normativa aplicable
Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria: puntos 73 y siguientes.
Orden de 29 de junio de 2026 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2026-2027: artículo 144.
Aspectos que deben tenerse en cuenta
- Se garantizará la permanencia de un maestro o maestra con el mismo grupo hasta la finalización del ciclo.
- Se procurará que el tutor o tutora del primer curso sea un maestro o maestra con destino definitivo en el centro.
- Para determinar la antigüedad en el cuerpo se tendrán en cuenta todos los servicios prestados, incluidos los servicios como personal interino y el año de prácticas.
Orden de elección de horarios
1. Maestros definitivos: según la antigüedad en el centro.
2. Maestros provisionales: según la antigüedad en el cuerpo.
3. Maestros interinos: según el número de orden en la lista de interinos.
Criterios de desempate: antigüedad en el cuerpo y nota obtenida en el proceso selectivo.