Subvenciones por la acreditación en una competencia idiomática


10 Oct, 2019

Propuesta de resolución provisional subvenciones por la acreditación en una competencia idiomática del profesorado no universitario de centros docente

Plazo presentación alegaciones: Del 11 al 24 de octubre de 2019, ambos incluidos.

 


Relación de solicitantes descritos en el art. 4 de la Orden de 10 de mayo de 2019 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se convocan subvenciones por la acreditación de una competencia idiomática  que tienen que subsanar documentación con indicación de la falta a subsanar o de la documentación preceptiva que han de acompañar.

Documento Adjunto mas abajo


 Extracto de la Orden por la que se convocan subvenciones por la acreditación en una competencia idiomática del profesorado no universitario de centros docentes sostenidos con fondos públicos. 

 Orden de Convocatoria de Subvenciones por la adquisición de una competencia idiomática 2019

Plazo de presentación de solicitudes del 17 de mayo al 31 de mayo de 2019

 

INSTRUCCIONES PARA REALIZAR LA SOLICITUD:


Las solicitudes para participar en la concesión de subvenciones se cumplimentarán a través del formulario web disponible en la zona privada del portal educativo Educarm, http://www.educarm.es  al que se accede con usuario y clave 

Hay que cumplimentar la solicitud, (o Anexo I,) y una declaración responsable (o Anexo II).

Una vez cumplimentado y firmado el formulario web con usuario y clave de Educarm, la aplicación informática generará un documento en formato pdf con:
- Anexo I 
- Anexo II
- Hoja de firmas

Los interesados deberán imprimir dicho PDF y presentarlo en registro o ventilla única junto con:

  • Documentación original o fotocopia compulsada que acredite, al menos, el nivel B2 de competencia según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
  • Certificado bancario donde conste el número de cuenta bancaria de la que el solicitante sea titular (IBAN) en caso de que se encuentre dentro de alguno de los siguientes supuestos:
    • Si se desea percibir la subvención en una cuenta, de la que el solicitante sea titular, diferente a aquella en la que se hace efectivo el abono de la nómina.
    • Si NO se autoriza, marcando la casilla correspondiente en la solicitud (Anexo I), a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes a consultar el dato relativo a la cuenta bancaria donde se hace efectivo el abono de la nómina y de la que se es titular

 

 

 
 
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