Publicada la Orden de 19 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, así como la regulación de las listas de interinidad derivadas del procedimiento.
El procedimiento selectivo constará de:
- Fase de oposición
- Fase de concurso
- Fase de prácticas
Las pruebas se realizarán en la ciudad de Murcia y en aquellas localidades que determine la administración según el número de aspirantes.
| Código | Especialidad | Plazas |
|---|---|---|
| 593006 | Canto | 1 |
| 593008 | Clarinete | 1 |
| 593010 | Composición | 1 |
| 593020 | Dirección de coro | 1 |
| 593030 | Fagot | 1 |
| 593032 | Flauta travesera | 1 |
| 593050 | Música de Cámara | 1 |
| 593057 | Pedagogía | 1 |
| 593076 | Tuba | 1 |
| 593100 | Tecnología Musical | 1 |
| TOTAL | 10 | |
- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos de libre circulación establecidos en la normativa.
- Tener cumplidos 18 años.
- No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública.
- No haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
- Poseer la titulación exigida para el cuerpo.
- Acreditar formación y capacidad de tutela en investigaciones propias de enseñanzas artísticas.
- Las solicitudes se realizarán exclusivamente de forma telemática.
- Procedimiento: 1356 en la sede electrónica de la CARM.
- Plazo de presentación de solicitudes: Del 25 de mayo al 16 de junio a las 12:59 horas
- Todos los documentos deberán presentarse en formato PDF.
La tasa de inscripción para el Grupo A1 será de:
Bonificaciones:
- 75% desempleados.
- 75% familia numerosa general.
- 20% Carné Joven Europeo.
Exentos:
- Discapacidad igual o superior al 33%.
- Familia numerosa especial.
- Víctimas del terrorismo.
- Víctimas de violencia de género.
- La falta de pago de la tasa o el pago fuera de plazo supondrá la exclusión definitiva.
- Solo será válida la última solicitud presentada para una misma especialidad.
- La no firma electrónica de la solicitud supondrá la exclusión no subsanable.