CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN HORARIOS DE SECUNDARIA


31 Jul, 2024

Orden MEC 29-junio-1994 Organización y funcionamiento IES: artículos 92-98 Orden ECD/3388/2007que modifica y amplia Orden MEC 29-junio-1994 Organización y funcionamiento IES Orden 28 junio de 2024 por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos (RRHH) para el curso 2024-25: artículo 153 (CAPÍTULO VI), articulo 70.3 y disposición adicional tercera

RECORDATORIO: La Orden por la que se establece procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 24/25, y que regula la elección de horarios y los desplazamientos para el curso próximo 2023/2024 establece que se tendrán en cuenta los años de interinos cuando se hable de antigüedad en el cuerpo, tal y como establece la sentencia del Tribunal Supremo (3176/2022)

Es decir, por ejemplo, en el cuerpo de secundaria cuando se habla de antigüedad en el cuerpo, no solo cuentan los años como funcionario/a de carrera sino también los años de interino y el año de funcionario en prácticas.

 

Orden RRHH 2024-25:

  • Artículo 153
  • Artículo 70.4
  •  Disposición adicional tercera.

1. En primer término elegirán los funcionarios docentes con destino definitivo en el centro con el siguiente orden de prelación y criterios 

 

ORDEN  CRITERIOS DE ORDENACIÓN (A APLICAR SUCESIVAMENTE EN CASO DE EMPATE) NORMATIVA
1.-Catedráticos  1-Antigüedad en la condición de catedrático (la que se
corresponda con los servicios efectivamente prestados en el Cuerpo de
Catedráticos sumada a la adquirida en la referida condición)
2-Mayor antigüedad en el cuerpo de Profesores de Educación
Secundaria (tiempo de servicios efectivamente prestados como
funcionario de carrera de dicho cuerpo+ tiempo como interino + año
como funcionario en prácticas).
3-Mayor antigüedad en el centro
4-Último criterio de desempate del Concurso de traslados 2023:
año de oposición y puntuación por la que resulto seleccionado
*Orden MEC 29-junio1994 Organización y funcionamiento IES: artículo 96 
2.-Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos del cuerpo, a extinguir, de FP, profesores especialistas de sectores singulares, Maestros y Profesores especiales de ITEM  1-Mayor antigüedad en sus respectivos cuerpos (tiempo de
servicios efectivamente prestados como funcionario de carrera+ tiempo
como interino+ año como funcionario en prácticas)
2-Mayor antigüedad en el centro
3-Último criterio de desempate del Concurso de Traslados
2022: año de oposición y puntuación por la que resulto
seleccionado
*Orden MEC 29-junio1994 Organización y funcionamiento IES: artículo 97 *Orden de RRHH artículo 153: El profesorado se ordenan por antigüedad en los respectivos cuerpos.

2. En segundo término elegirán los funcionarios docentes con destino provisional en el centro con la misma orden de prelación y criterios

3. En tercer término elegirán los funcionarios interinos atendiendo a su número de lista.

Orden MEC 29-junio-1994 Organización y funcionamiento IES: artículo 92

  • Primero se elige turno (si ha lugar): si no hay acuerdo, se procede a la elección de turno en el orden establecido anteriormente.
  • A continuación, se elige materia y curso: si no hay acuerdo, se elige en el orden establecido anteriormente en rondas sucesivas (rueda).
  • Terminada la tercera ronda podrán elegirse, siempre y cuando quede garantizado la asignación del conjunto de los grupos, horas de apoyo y/o desdoble (Orden de RRHH: artículo 153)

Además, en el artículo 70.3 de la orden RRHH para el curso 24/25 se añade:

“A los solos efectos de participación en la ronda de elección de horarios según el artículo 92 de la orden de 29 de junio de 1994 y para determinar desplazamientos, a los profesores integrados (según el RD 800/2022) en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria procedentes del antiguo cuerpo de profesores técnicos de FP, se les considerará como antigüedad en el cuerpo la suma de ambas, siempre que este criterio se aplique a la especialidad en la que se han integrado”

Ejemplo: Si soy funcionario de PGA (y me he integrado, en el cuerpo de secundaria) mi antigüedad en el cuerpo es la suma de mis años en PGA cuando era del cuerpo 591 (tanto de interino, funcionario en prácticas y funcionario de carrera) + mis años en el cuerpo de secundaria (590) desde la integración (que por norma general es desde 19/1/2021).

¿CÓMO SABER MI ANTIGÜEDAD TOTAL? (tiempo de servicios efectivamente prestados como funcionario de carrera de dicho cuerpo+ tiempo como interino + año como funcionario en prácticas) 

Para saber efectivamente la antigüedad de cada docente, la Consejería ha habilitado un procedimiento que estará a disposición del equipo directivo.

 

ELECCIÓN DE HORARIO ENSEÑANZAS RÉGIMEN ESPECIAL 

Orden RRHH 2024-25: artículo 153.4

La elección de horario se realiza de forma análoga, aunque con la conformidad del claustro El profesorado que imparte enseñanzas de régimen especial no reguladas por reglamento orgánico propio efectuará la elección de modo análogo al anteriormente descrito, si bien, con la conformidad del claustro de profesores, podrá efectuarse una adjudicación mediante bloques horarios con el objetivo de facilitar la asistencia del alumnado y su compatibilización con otras enseñanzas, respetando la distribución horaria lectiva de lunes a viernes.