ANPE MURCIA VUELVE A GANAR: SENTENCIA EN FAVOR DE LA MADRE TRABAJADORA


23 May, 2024

ANPE MURCIA VUELVE A GANAR: SENTENCIA EN FAVOR DE LA MADRE TRABAJADORA

ANPE, OTRA VEZ MÁS, CELEBRA EL FALLO JUDICIAL POR LAS MADRES DOCENTES INTERINAS.

El sindicato de Enseñanza ANPE Murcia, nuevamente ha vuelto a ganar otra sentencia a favor de las madres docentes trabajadoras en primera instancia, sin necesidad de recurrir al TSJ.

Tras el litigio de ANPE contra la Consejería de Educación de Murcia, el tribunal de lo contencioso administrativo ha VUELTO a dictar sentencia clara: reconociendo que los días de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años de las funcionarias interinas CUENTAN A TODOS LOS EFECTOS, también para el cómputo de los 255 días necesarios para proceder a la prórroga del nombramiento hasta el 31 de agosto del curso correspondiente y cobro íntegro del verano. En particular se trata de una docente interina que durante el curso 2020/2021 estuvo en excedencia por cuidado de su hijo menor de 3 años desde el 8 de marzo al 30 de junio de 2021.

La Ley que regula los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Murcia correspondientes a cada año desde 2019, dispone que aquellos interinos/as que hayan ocupado puestos de trabajo por un tiempo igual o superior a 255 días en el curso escolar correspondiente, percibirán las retribuciones íntegras de los ingresos correspondientes al periodo del 1 de julio al 31 de agosto, es decir, se le prorroga el contrato para cobrar los meses de julio y agosto. Derecho que la Consejería de Educación se NIEGA a conceder desde el curso 2019/2020 a las docentes que están o estaban de excedencia por cuidado de un niño menor de 3 años, infligiendo un trato discriminatorio, por ser madre y estar en excedencia cuidando a su hijo/a; situación que, en ningún caso, debe ser penalizada.

 Es de señalar que la excedencia por cuidado de un menor es una situación que goza de una especial protección jurídica que no puede llevar consigo ningún efecto desfavorable ni discriminación para quien la disfruta, sino todo lo contrario. Es más, no puede haber un trato discriminatorio entre las condiciones de trabajo de una funcionaria de carrera y una funcionaria interina. Y esto es lo que ha dictaminado el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 4, en la sentencia ganada por ANPE Murcia, que obliga a la Consejería a que le reconozcan el nombramiento del 1 de julio al 31 de agosto, percibiendo las retribuciones íntegras y por tanto el cobro íntegro del verano (y NO hasta el 15 de julio como pretendía la Consejería de Educación).

Se daba la paradoja, que la Consejería de Educación reconocía a las docentes en excedencia por cuidado de un menor el tiempo de servicios a efectos de antigüedad (trienios, sexenios, jubilación), pero NO a efectos del cobro del verano, como establece la sentencia.

Y es que no es la primera vez, que el servicio jurídico de ANPE Murcia, gana sentencias favorables a las docentes murcianas en excedencia por cuidado de hijos menor de 3 años en primera instancia. Ya el pasado 14 de septiembre de 2023 en el Juzgado de lo Contencioso Nº 4 resolvió una sentencia con relación al curso escolar 2019/2020 en términos similares a favor de ANPE.

Por otro lado, ANPE también ha ganado sentencias a favor de las madres docentes murcianas, como la del pasado 3 de marzo de 2023 en el Juzgado de Lo Contencioso Nº 7 que  falló a favor de una maestra interina que impugnó (con el servicio jurídico de ANPE) la decisión de la Consejería de Educación, que le anuló el nombramiento que había obtenido para impartir clase en el curso 2021-2022 por no haberse incorporado a su puesto de trabajo el primer día de trabajo por encontrarse en tal fecha en estado avanzado de gestación.

Desde ANPE nos congratulamos, de este reconocimiento fundamental de los derechos de las docentes que viene a ratificar, a su vez, la defensa de los derechos de la mujer, de su no discriminación ni penalización por razón de la maternidad. Ratifica la mejora de las condiciones de trabajo de las mujeres docentes.

ANPE se dirigirá a la Consejería de Educación para que el criterio establecido en esta NUEVA sentencia sea de aplicación, con carácter inmediato a todas las situaciones similares que cada año se producen cuando las y los docentes solicitan excedencia para cuidado de hijos menores de 3 años, situación que nunca debe ser penalizada. ANPE defenderá siempre los derechos del profesorado INTERINO, en situación de vulnerabilidad.